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BENEFICIO PREVISIONAL PARA MUJERES

Por Iñaki Monzo Iraola

A partir del 1 de agosto estará disponible una nueva moratoria previsional que permitirá a las mujeres adquirir aportes para acceder a la jubilación. El nombre que el Poder Ejecutivo le otorgó a la moratoria es “Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado”. Por el cual aquellas mujeres que tengan 60 años de edad o más y no puedan acceder a una jubilación por falta de aportes podrán contar años de aportes por sus hijos para llegar, de esa manera, a cumplir con los 30 años requeridos. Pueden beneficiarse alrededor de 150.000 mujeres que se encuentran con la imposibilidad de acceder a la jubilación por la falta de aportes.

¿A quiénes les corresponde?

  • Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
  • Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

¿En qué consiste la medida?

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:

  • 1 año de aportes por hija/o.
  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas. A diferencia de las moratorias vigentes (Ley 24.476 y Ley 26.970) esta moratoria no depende de un análisis socioeconómico previo para acceder al beneficio sino que es para la generalidad de las mujeres que reúnan los requisitos antes indicados.

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